Resolución Nº 622/2014

Fecha de la disposición10 de Junio de 2014

— NOTA ACLARATORIA —

SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

ResoluciónNº 622/2014En la edición del Boletín Oficial Nº 32.901 del 9 de junio de 2014, en la página 41, en la que se publicó la citada norma, se deslizó el siguiente error de imprenta:

DONDE DICE:

COMISION POR CONSTITUCION Y CONTROL DE GARANTIAS

Se establece según los siguientes valores fijos que se aplicarán sobre los saldos deudores, en forma adelantada y por período semestral, a saber:

Saldo DeudorComisiónHasta $ 50.000$ 250$ 50.001 hasta $ 100.000$ 500$ 100.001 - 300.000$ 1.600$ 300.001 - 500.000$ 3.200$ 600.001 - 700.000$ 4.200$ 700.001 - 900.000$ 5.600$ 900.001 - 1.100.000$ 6.650$ 1.100.001 - 1.400.000$ 18.750$ 1.400.001 - 1.700.000$ 10.850$ 1.700.001 - 2.000.000$ 12.950$ 2.000.001 - 2.350.000$ 15.230$ 2.350.001 - 2.700.000$ 18.030$ 2.700.001 - 3.000.000$ 20.130Más de $ 3.000.000Desde $ 22.400 a resolución del H.D.

Esta comisión absorbe los gastos por tasaciones, valuaciones y control de las garantías, excluyéndose honorarios y gastos relacionados con la creación del derecho real de la garantía.

No se percibirá esta comisión cuando se trate de operaciones avaladas por la Sociedad de Garantía Recíproca GARANTIZAR S.G.R.

DEBE DECIR:

COMISION POR CONSTITUCION Y CONTROL DE GARANTIAS

Se establece según los siguientes valores fijos que se aplicarán...

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