Sentencia nº 49007 de Primera Cámara Laboral de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 14 de Noviembre de 2013

PonenteNENCIOLINI
Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2013
EmisorPrimera Circunscripción

Expte: 49.007

Fojas: 115

En la Ciudad de Mendoza, a los catorce días del mes de Noviembre de dos mil trece, en la Sala Unipersonal del Tribunal se hace presente la Señora Juez de la Excma. Cámara Primera del Trabajo Dra. M.D.C.N., con el objeto de dictar sentencia definitiva en los autos N.. 49.007 caratulados "O.H.M.C. STEWART ASSAYERS ARG. S.A. P/ DESPIDO", de los que

R E S U L T A:

A fs. 21/25 se presenta el actor H.M.O. por medio de repre-sentante legal e interpone formal demanda ordinaria contra ALEX STEWART ASSAYERS ARG. S.A. por el reclamo de $21.069,50 o lo que en más o menos resulte de la prueba a ren-dirse, con más sus intereses legales y costas en concepto de rubros no retenibles e indemniza-torios.

Expresa que ingresó a trabajar para la demandada en relación de dependencia desde el 11-03-11 cumpliendo tareas de asistente de muestreo de laboratorio minero, siendo luego as-cendido a encargado de turno, en turnos rotativos de labor de Lunes a viernes y Sábados me-dio día.

Que el día 27-08-12 fue despedido sin causa. Que con anterior en fecha 14-02-2012 sufre un accidente de trabajo mientras realizaba sus tareas, que origina una patología de rodi-lla que luego fue objeto de una cirugía el 21-06-12. Que la ART consideró a la enfermedad como inculpable. Que el Dr. C. emitió certificado otorgando un 12% de incapacidad la-boral. Que cuando lo pone en conocimiento a la empleadora lo despide y se lo cita a que se realice el examen médico postocupacional.

El actor envía C.D. el 30-08-2012 emplaza al pago de la indemnización por despido y hace reserva de la aplicación al caso de la ley 23592 por despido discriminatorio.

Que la demandada responde en la C.D. del 03-09-12 rechazando su reclamo en cuanto que se habría presentado a trabajar con alta médica sin mención de su grado de incapacidad laboral. El actor remite otro despacho telegráfico el 07-09-12 rechazando la misiva y vuele a emplazar al pago de los rubros indemnizatorios.

Practica liquidación y ofrece pruebas y funda en derecho.-

A fs. 70/74 comparece la demandada, solicitando el rechazo de la demanda. Reconoce el vínculo de trabajo. Que el actor concurrió a trabajar sin mencionar la incapacidad laboral. Que se le impone una sanción de suspensión por 5 días el 31-01-2012. Posteriormente la em-pleadora mediante C.D. del 15-08-12 le comunica el inicio de plazo de reserva de puesto.

Acompaña constancia de pago mediante cheque por $24.865,68 en concepto de liqui-dación final.

  1. liquidación, ofrece prueba y funda en derecho.

A fs. 78/80 el actor contesta el traslado conferido por el art. 47 del CPL. y solicita se declare la cuestión de puro derecho.

A fs. 82 y vta. se admiten las pruebas ofrecidas por las partes y se declara la cuestión de puro derecho.

A fs. 110/112 alega la parte actora y a fs. 113 se llaman autos para dictar sentencia.

C O N S I D E R A N D O:

PRIMERA CUESTION: EXISTENCIA DE LA RELACIÓN LABORAL.-

SEGUNDA CUESTION: RUBROS RECLAMADOS.

TERCERA CUESTION: COSTAS.-

A LA PRIMERA CUESTION LA DRA. M.D.C.N. DIJO:

Invoca el actor al demandar la existencia de una relación laboral que se extendería desde el 11-03-11 hasta el despido directo acaecido el 27-08-12.

A su turno, al contestar demanda, la accionada reconoce los servicios prestados en su establecimiento en la categoría profesional y en la extensión denunciados por el trabajador.

La existencia de un vínculo de trabajo, el período de extensión del mismo y una cate-goría profesional determinada, constituyen en la litis extremos legales cuyo peso probatorio recaen sobre la actora (art. 45 C.P.L.).

En este caso el reconocimiento que hace la demandada al contestar demanda, y la prueba instrumental arrimada al proceso, me permiten concluir que, efectivamente el actor ha prestado...

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