Resolución Nº 89/GCABA/ISSP/14
Firmantes | De Langhe |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Instituto Superior de la Seguridad Pública |
Fecha de la disposición | 14 de Mayo de 2014 |
VISTO:
Las Leyes N° 2.894, N° 2.895 y N° 4808, la Resolución N° 117/ISSP/11 y el
Expediente Electrónico N° 5461167/MGEYA/SGISSP/14, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2894 establece las bases jurídicas e institucionales del Sistema de
Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y encomienda al
Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción
política e institucional de dicho sistema y crea la Policía Metropolitana;
Que consecuentemente el Artículo 56 de la mencionada Ley de Seguridad Pública
crea el Instituto Superior de Seguridad Pública como ente autárquico, dependiente
orgánica y funcionalmente del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que asimismo la Ley N° 2.894 en su Artículo 57 dispone que el Instituto Superior de
Seguridad Pública tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar
funcionalmente al personal de la Policía Metropolitana, a los/as funcionarios/as
responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y
estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del
sistema policial, a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los
asuntos de la seguridad, así como también la investigación científica y técnica en
materia de seguridad ciudadana de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad
de oportunidades, mérito y capacidad;
Que, por su parte, la Ley N° 2.895 establece el marco jurídico e institucional del
Instituto Superior de Seguridad Pública, definiendo sus objetivos y constituyéndolo
como una instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de
Seguridad Pública a través de la formación y capacitación continua y permanente de
los actores involucrados, entre los que se encuentran la formación y capacitación de
los aspirantes a formar parte de la Policía Metropolitana;
Que de la normativa citada se desprende que la ley erige como función primaria del
Instituto la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal
de la Policía Metropolitana, a los/as funcionarios/as responsables de la formulación,
implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad ciudadana y
de la dirección y la administración general del sistema policial, constituyendo ese su
principal objeto;
Que ello se deriva no sólo de la circunstancia de que tal...
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