Resolución Nº 200/2014

EmisorPRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2014



PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION

Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

ResoluciónNº 200/2014Bs. As., 9/5/2014

VISTO el Expediente Nº 701/14 del Registro de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el Decreto Nº 623 de fecha 7 de junio de 1996, el Decreto Nº 357 de fecha 21 febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, especialmente los Decretos Nº 48 de fecha 14 de enero de 2014 y Nº 518 de 9 abril de 2014; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 623/96, se encomendó a la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION la elaboración y aprobación del “PLAN FEDERAL DE PREVENCION INTEGRAL DE LA DROGADEPENDENCIA Y DE CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE DROGAS”.

Que mediante el Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los Objetivos de las Unidades Organizativas establecidas en el citado Organigrama.

Que mediante Resolución de SEDRONAR Nº 785/12 se aprobó la vigencia de la actual estructura organizativa correspondiente a las aperturas inferiores de esta SECRETARIA.

Que a través del Decreto Nº 48/14 se transfirieron los objetivos relativos a la lucha contra el narcotráfico de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO a la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD, como así también la DIRECCION NACIONAL DE ANALISIS Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO y sus unidades dependientes relativas a la temática de la lucha contra el narcotráfico.

Que a través del Decreto Nº 518/14 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que el artículo 3° del Decreto Nº 518/14 dispuso que, en el plazo de SESENTA (60) días a partir de su publicación, la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION deberá aprobar el proyecto de estructura organizativa correspondiente a las aperturas inferiores que se aprobaron por la citada medida, la que prevé hasta un máximo de TREINTA Y TRES (33) cargos de conducción.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 17 del Decreto Nº 1545/94 y por el artículo 3° del Decreto Nº 518/14.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION

DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Apruébanse las aperturas inferiores de la estructura organizativa de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de conformidad con el Organigrama y Acciones que, como Anexos Ia, Ib, Ic y Id, y II forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2°

— Apruébanse, en el ámbito de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, las Coordinaciones que se detallan de acuerdo al Listado y Acciones que, como Anexos III y IV, forman parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 3°

— El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los Créditos asignados a la Jurisdicción 20-11 SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

ARTICULO 4°

— Derógase la Resolución de SEDRONAR Nº 785 de fecha 01 de octubre de 2012.

ARTICULO 5°

— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — JUAN C. MOLINA, Secretario de Estado, SE.DRO.NAR., Presidencia de la Nación.

ANEXO Ia

ANEXO Ib

ANEXO Ic

ANEXO Id

ANEXO II

PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABLE DE AUDITORIA CONTABLE

ACCIONES:

  1. Reemplazar al auditor interno en su ausencia.

  2. Asistir al auditor interno titular en la formulación y control de la planificación estratégica y global y de la programación específica de auditoría en materia presupuestaria, contable, económica, financiera y patrimonial.

  3. Elaborar programas y procedimientos contables que lleve el organismo bajo las pautas establecidas por la Ley Nº 26.456 y normas concordantes.

  4. Determinar los muestreos representativos del universo a analizar.

  5. Verificar el cumplimiento del presupuesto asignado a la secretaria y la remisión de la documentación respectiva a la contaduría general de la nación.

  6. Realizar recomendaciones que se elaboran en función de las evidencias recogidas a efectos de corregir y/o mejorar el control interno desde el punto de vista administrativo y contable.

  7. Supervisar y asignar tareas de los equipos de trabajo.

  8. Asistir al auditor interno titular en materia operacional.

    UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

    RESPONSABLE DE AUDITORIA LEGAL

    ACCIONES:

  9. Asistir al auditor interno titular en la formulación y control de los programas específicos de auditoría legal.

  10. Ejecutar acciones de auditoría legal prevista en las respectivas programaciones.

  11. Supervisar los proyectos de manuales de procedimiento.

  12. Analizar conceptualmente las disposiciones legales.

  13. Asistir al auditor interno titular en materia de auditoría operacional.

    SUBSECRETARIA DE DISEÑO, MONITOREO Y EVALUACION DE ABORDAJE TERRITORIAL, RELACIONES INTERNACIONALES Y CONTROL DE PRECURSORES QUIMICOS

    DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO, ANALISIS TECNICO Y CONTROL DEL USO DE PRECURSORES QUIMICOS

    DIRECCION DE EVALUACION TECNICA Y CONTROL DE PRECURSORES QUIMICOS

    ACCIONES:

  14. Mantener y actualizar los sistemas de información sobre tráfico ilícito de precursores químicos, a través de diferentes bases de datos vinculadas a la aplicación de la legislación vigente en la materia.

  15. Elaborar informes técnicos y de gestión en respuesta a requerimientos de información formulados por otros organismos de la Administración Pública Nacional y el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

  16. Diseñar y coordinar investigaciones técnicas en materia de tráfico ilícito de precursores químicos.

  17. Elaborar informes técnicos para la participación del país en las reuniones de organismos internacionales, regionales y binacionales especializados en materia de tráfico ilícito de precursores químicos, en coordinación con la Dirección de Cooperación Nacional e Internacional.

  18. Responder a los requerimientos periódicos formulados por organismos internacionales especializados en materia del control de tráfico ilícito de precursores químicos, en coordinación con la Dirección de Cooperación Nacional e Internacional.

  19. Impulsar la actualización de listas de precursores químicos, realizando los estudios que la materia requiera.

  20. Ejecutar el plan federal de inspecciones de precursores químicos, llevando a cabo en todo el territorio nacional las inspecciones dispuestas en virtud de lo establecido por el artículo 12, inciso n), de la Ley Nº 26.045.

  21. Sustanciar y resolver las actuaciones administrativas labradas en orden a las previsiones de la Ley Nº 26.045 y demás normas dictadas en su consecuencia, informando debidamente de ello a la Dirección del Registro Nacional de Precursores Químicos.

  22. Monitorear el avance de las denuncias criminales en orden a los delitos reprimidos por la Ley 23.737, radicadas por las áreas pertinentes de la Secretaría.

    SUBSECRETARIA DE DISEÑO, MONITOREO Y EVALUACION DE ABORDAJE TERRITORIAL, RELACIONES INTERNACIONALES Y CONTROL DE PRECURSORES QUIMICOS

    DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO, ANALISIS TECNICO Y CONTROL DEL USO DE PRECURSORES QUIMICOS

    DIRECCION DE EVALUACION TECNICA Y CONTROL DE PRECURSORES QUIMICOS

    DEPARTAMENTO DE FISCALIZACION Y CONTROL DEL TRAFICO ILICITO DE PRECURSORES QUIMICOS

    ACCIONES:

  23. Diseñar el plan federal de inspecciones a operadores de precursores químicos.

  24. Realizar, en todo el territorio nacional, las inspecciones dispuestas en virtud de lo establecido por el artículo 12, inciso n) de la Ley Nº 26.045, solicitando la participación de los funcionarios del Registro Nacional de Precursores Químicos, en aquellos casos que lo estime pertinente.

  25. Tramitar las actuaciones administrativas por presunta infracción a la Ley Nº 26.045.

  26. Elaborar los proyectos de denuncias criminales correspondientes en orden a los delitos reprimidos por la Ley Nº 23.737 que llegaran a su conocimiento en virtud de sus funciones.

  27. Elaborar los proyectos de respuestas de oficios y otros requerimientos judiciales vinculados al control de precursores químicos.

  28. Participar de los registros domiciliarios dispuestos por el Poder Judicial en causas judiciales vinculadas a asuntos de su competencia.

    SUBSECRETARIA DE DISEÑO, MONITOREO Y EVALUACION DE ABORDAJE TERRITORIAL, RELACIONES INTERNACIONALES Y CONTROL DE PRECURSORES QUIMICOS

    DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO, ANALISIS TECNICO Y CONTROL DEL USO DE PRECURSORES QUIMICOS

    DIRECCION DEL REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS

    ACCIONES:

  29. Efectuar las tareas registrales necesarias para el cumplimiento de las funciones establecidas en la Ley Nº 26.045, y demás normas dictadas en consecuencia...

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