Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Abril de 2014, P. 3. L

Fecha15 Abril 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P.

  1. L. i

RECURSO DE HECHO

P., A.R. s/ causa 15.845/2012.

Buenos Aires, 15 d.e alori I t::lf¿20/4. vistos los autos:

Recurso de hecho deducido por el Defensor Oficial de A.R.P. en la causa P., A.R. si causa n° 15.845/2012u, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que al caso resultan aplicables,' en lo pertinente, las consideraciones vertidas en la causa "Guerrieriu (Fallos:

330:5082), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello, se desestima la quej a.

Intímese al recurrente para que dentro del quinto día de notificado acompañe copia de. la resolución que le concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución.

H. saber y archívese.

~/ ~jAIHdL7J /fu,J-r I JUAN CARLOS MAQUEDA -1- E. RAUL ZAFFARONI

Recurso de hecho deducido por A.R.P., representado por Ale- jandro Di Meglio, Defensor Oficial ad hoc ante la Cámara Federal de Casación Penal. Tribunal de origen:

Sala rr de la Cámara Federal de Casación Penal. Tribunales que intervinieron anteriormente:

Tribunal Oral en lo Criminal Fede- ral nO 5 y S. rr de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal y Co- rreccional, ambos de la Capital Federal.

D.O.

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