Resolución Nº 145/2014

EmisorMinisterio de Agricultura, Ganaderia y Pesca
Fecha de la disposición 8 de Abril de 2014



MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

ResoluciónNº 145/2014Bs. As., 8/4/2014

VISTO el Expediente Nº S05:0002762/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 1.466 de fecha 2 de diciembre de 2011 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA se estableció la metodología que se deberá cumplimentar en las plantas frigoríficas respecto de los animales que integren el contingente arancelario de cortes de calidad superior “Cuota Reglamento (CE) Nº 620/2009”, desde su faena hasta el envasado de los cortes de las medias reses que de ellos se obtengan.

Que por el Reglamento (CE) Nº 617 de fecha 13 de julio de 2009 del CONSEJO DE LA UNION EUROPEA, modificado por el Reglamento (UE) Nº 464 de fecha 22 de mayo de 2012 del PARLAMENTO EUROPEO y del CONSEJO, se abrió, con carácter anual, un contingente arancelario autónomo para las importaciones de carne de vacuno fresca, refrigerada o congelada de calidad superior, con un derecho de importación aplicable de CERO POR CIENTO (0%), y cuyo ejercicio discurrirá del 1 de julio al 30 de junio.

Que mediante el Reglamento (CE) Nº 620 de fecha 13 de julio de 2009 de la COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, y su modificatorio Reglamento de Ejecución (UE) Nº 521 de fecha 26 de mayo de 2011 de la COMISION EUROPEA, se determinó el modo de gestión del contingente arancelario previsto en la normativa citada en el considerando anterior.

Que el mencionado Reglamento (CE) Nº 620 fue derogado por el Reglamento de Ejecución (UE) Nº 481 de fecha 7 de junio de 2012 de la COMISION EUROPEA, que establece las nuevas normas de gestión del citado contingente arancelario de carne de vacuno de calidad superior.

Que la REPUBLICA ARGENTINA se encuentra gestionando su participación en el contingente arancelario antes descripto, y, en dicho marco, fueron formuladas observaciones por la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la COMISION EUROPEA, mediante Nota JOV/fvn agri.ddg2.c.4(2013)3538511 de fecha 28 de octubre de 2013, en relación al mencionado Reglamento de Ejecución (UE) Nº 481/2012 y en lo que concierne a la normativa del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA citada en el primer párrafo de estos considerandos.

Que nuestro país no puede ser ajeno a este importante cupo que se abre para el mercado de carnes argentino, el que traerá aparejada una mayor competitividad y...

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