Resolución Nº 295/2014

Fecha de publicación07 Abril 2014
Fecha de disposición31 Marzo 2014
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32860



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

ResoluciónNº 295/2014Recházase el pedido de Personería Gremial formulado por el Sindicato Unico de Trabajadores del Instituto de Vivienda.

Bs. As., 31/3/2014

VISTO el Expediente Nº 1.391.661/2010 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551 y sus modificatorias por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390 y Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente de referencia tramita la solicitud de Personería Gremial formulada por el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DEL INSTITUTO DE VIVIENDA (S.U.T.I.V.), con domicilio en Avenida Sarmiento 1800, de la Ciudad de Resistencia, Provincia del CHACO.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 416, de fecha 18 de mayo de 2006, la mencionada asociación obtuvo Inscripción Gremial, la que se encuentra registrada bajo el Nº 2460.

Que la entidad solicitó la personería gremial con fecha 23 de junio de 2010.

Que la peticionante agrupa a todos los trabajadores profesionales, técnicos, administrativos y de servicios que se desempeñen en relación de dependencia en el Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Provincia del CHACO y en todas las delegaciones o sucursales que se establezcan en el futuro en las localidades de la Provincia del CHACO.

Que se tuvieron por cumplidos los requisitos establecidos por el artículo 25 inciso b) de la Ley 23.551.

Que consultado el sistema informático de la Dirección Nacional de Asociaciones sindicales, el ámbito personal y territorial peticionados podrían colisionar con los de las siguientes entidades: UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION, ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO y UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA PROVINCIA DEL CHACO.

Que del pedido de personería gremial se corrió traslado a las entidades con personería gremial preexistente por el término de 20 días.

Que se presentó la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION formulando oposición en virtud de lo establecido por los artículos 29 y 30 de la Ley 23.551 y oponiéndose al fraccionamiento del padrón.

Que se presentó la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO manifestando que las entidades con personería gremial mantienen los derechos que de la misma se desprenden, no obstante el otorgamiento de nuevas personerías en determinados sectores o dependencias del Estado.

Que de las presentaciones efectuadas por las entidades con...

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