Resolución N° 54 'A'

EmisorDirección General Inspección de Personas Jurídicas
Fecha de la disposición18 de Marzo de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXC - Nº 40 CÓRDOBA, 27 de marzo de 20146
Resolución N° 54 “A”
Córdoba, 18 de Marzo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-109327/2013 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“FUNDACION PROVOCAR ARTE”, con asiento en la Ciudad de Alta Gracia, Provincia de Córdoba,
solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento
de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -
primer párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “FUNDACION
PROVOCAR ARTE”, con asiento en la Ciudad de Alta Gracia, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al
Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 57 “A”
Córdoba, 18 de Marzo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-109201/2013 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“GRUPO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS PASIVOS UNIDOS DE VILLA ROSSI”, con asiento
en la Localidad de Villa Rossi, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como
Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento
de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -
primer párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “GRUPO DE
JUBILADOS Y PENSIONADOS PASIVOS UNIDOS DE VILLA ROSSI”, con asiento en la Localidad
de Villa Rossi, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area
de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 58 “A”
Córdoba, 20 de Marzo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-110042/2013 mediante el cual la Entidad Civil denominada “ASOCIACION
CIVIL BIBLIOTECA POPULAR LA NOCHE DE LOS LAPICES”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento
de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -
primer párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL
BIBLIOTECA POPULAR LA NOCHE DE LOS LAPICES”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 56 “A”
Córdoba, 18 de Marzo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0650-000835/2013 mediante el cual la Entidad Civil denominada “CENTRO
DEPORTIVO RIVER DE SAN FRANCISCO ASOCIACION CIVIL”, con asiento en la Ciudad de San
Francisco, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de
los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “CENTRO
DEPORTIVO RIVER DE SAN FRANCISCO ASOCIACION CIVIL”, con asiento en la Ciudad de
San Francisco, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 55 “A”
Córdoba, 18 de Marzo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-104167/2013 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“FUNDACION CASA DEL REY DAVID”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de
los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “FUNDACION CASA
DEL REY DAVID”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

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