Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Marzo de 2014, D. 389. XLV

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE REVOCATORIA
Fecha06 Marzo 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D.

389.

XLV.

,"I.o¡: De Simone, E.L. el EN - Secretaria de Turismo resol.

557/04 si proceso de conocimiento.

Buenos Aires, ‹E› k ~1'Z..D k 2014, Autos y Vistos; Considerando:

Que esta Corte, mediante la resolución de fs.

597/597 vta., desestimó las presentaciones de fs.

442/443, 449 Y 551/552 e hizo saber al recurrente que debía abstenerse de incurrir en planteas semejantes, bajo apercibimiento de aplicársele una sanción, de acuerdo con lo Prescripto en el art, 35 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Que contra esa resolución, E.L. De Simone realizó una nueva presentación.

Que la reiteración de planteos por completo inadmisibles estorba la labor del Tribunal y provoca un dispendio jurisdiccional impr?cedente, de ahí que, con arreglo a las facultades otorgadas por los arts.

35 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y 18 del decreto-ley 1285/58, debe aplicarse al letrado que interviene por derecho propio la sanción de apercibimiento.

Por ello, se desestima la presentación de fs.

600/601 y se impone al doctor E.L. De Simone la sanción de apercibimiento, haciéndole saber que en caso de incurrir en planteos-1- "". r I

- //-semej antes se hará pasible de una sanción más severa.

N., hágase saber, comuníquese al Colegía Público de Abogados de la Capital Federal y, oportunamente, devuélvase.

R.;LUIS LORENZETIIE.~.A \. HIGHTON (Je ~n.A.SCO ENRIQUE S PETRACCHI / ~' :JUAN C RLOS MAQUEDA ~!a

D.

389.

XLV.

De Simone, E.L. el EN - Secretaría de Turismo resol.

557/04 si proceso de conocimiento.

Recurso de reconsideración interpuesto por E.L. De Simone, letrado en causa propia.

D.O.

00000001

00000002

00000003

00000004

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR