Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Marzo de 2014, C. 983. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha06 Marzo 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C.

983.

XLIX.

R.;HECHOC., R.V. el Dajomar SRL y otro sI despido.

Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la actora en la causa C., R.V.. c/ Dajomar SRL y otro", para decidir sobre su proceden~ia.

Considerando:

Que la apelante no ha cumplido cap los recaudos previstos por el arto 4° del réglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se desestima el recurso de hecho planteado.

N..

A.;LUIS lORENZETrf ~ 'IV Ve J.;CARLOS MAQUEDA --.S!.E. RAULZAFFARONI

C.

983.

XLIX.

RECURSO DE HECHO C., R.V. el Dajomar SRL y otro .sl despido.

TO DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES D.J.C.M. DA y DON E. RAÚL ZAFFARONI Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima el recurso de hecho planteado.

N. y, oportunamente, archívese.

E. RAUL ZAFFARONI JUAN CARLOS MAQUEDA

Recurso de hecho interpuesto por R.V.C., actora en autos, representada por el Dr. D.O.G.P.. Tribunal de origen:

Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Tribunal que intervino con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n° 36.

D.O.

00000001

00000002

00000003

00000004

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR