Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Marzo de 2014, A. 52. XLVIII

Sentido del falloREGULA HONORARIOS - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha06 Marzo 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

i' 1,., A.

52.

XLVIII.

Alba Cia.

Argentina de Seguros S.A.

(TF.

18.035- A) el Dirección General de Aduanas.

Buenos Aires, I dt. ~ 20 ¿, .2fJ/t.¡_ Autos y Vistos:

En atención a la labor desarrollada a fs.

254/273 vta., teniendo en cuenta el mérito, la naturaleza e importancia de la tarea cumplida, el resultado obtenido, que la evaluación del trabajo a remunerar es facultad del Tribunal (Fallos:

313:577 y causas:

C.1592.XXXIX "C., M.O. cl Superior Gobierno de la Nación si amparo", sentencia del 28 de octubre de 2008 y P. 558 .XLV "Peugeot Citroén Argentina S.A.

(TF 20.585-A) cl D.G.A.", pronunciamiento del 18 de diciembre de 2012); y de conformidad con lo dispuesto por los arts.

6°, incs. b, c y d, 9° Y 14 de la ley 21.839 -modificada por la ley 24.432-, se regulan los honorarios del doctor A. andro J.

Villanueva en la suma de cinco mil pesos ($ 5.000).

Dichos honorarios no incluyen el impuesto al valor agregado, monto que -en su casodeberá ser adicionado conforme a la ~ubjetiva situación del profesional beneficiario frente al devuélvanse.

ENRIQUE S PETRACCH! CA / CARMEN M. ARGIBAYJ.;CARLOS MAQUEDA

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