Resolución Nº 464/2014

EmisorInstituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales
Fecha de la disposición 5 de Marzo de 2014



INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

ResoluciónNº 464/2014Bs. As., 5/3/2014

VISTO la Ley 17.741 y sus modificatorias, la Ley Nº 26.522, el Decreto Nº 1225/10, las Resoluciones INCAA Nº 3100/2013, 3793/2013, 982/2013 y 1330/2012, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 57 de la Ley Nº 17.741 fue modificado por el artículo 79 de la Ley Nº 26.784, que determinó la inscripción obligatoria ante el Registro Público de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual de diversas personas físicas o jurídicas que desarrollan esas actividades.

Que por su parte, la Resolución INCAA Nº 3100/2013, reglamentó las inscripciones que los diversos obligados debían efectuar ante el mencionado Registro Público de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual, a dicho fin, en el ANEXO I “Nomenclador de Actividades” a fin de posibilitar correctamente el encuadre de la inscripción, enumeró las diversas actividades y subactividades, como así también el medio de que se trate, en el ANEXO V se determinó su situación arancelaria.

Que por otra parte, el objeto de la Ley Nº 26.522, sancionada y promulgada el 10 de octubre del año 2009, reguló los servicios de comunicación audiovisual en todo el ámbito territorial de la República Argentina y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia con fines de abaratamiento, democratización y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Que, desde ese mismo punto de vista, con el dictado del Decreto Nº 1225/10, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES se encuentra facultado para otorgar subsidios a los fines de la promoción de la producción de contenidos para televisión y también créditos para su producción, debiendo dictar a esos efectos las resoluciones correspondientes.

Que como directa consecuencia de ello, en primer lugar, se dictó la Resolución INCAA Nº 1330/12 por la cual se establecieron los instrumentos adecuados para apoyar el desarrollo de la Industria Audiovisual Argentina, atendiendo a sus asimetrías y diferencias territoriales, para ello se determinan los mecanismos de subsidios en forma diferencial para dos grupos de productores televisivos, aquellos que se encuentran en condiciones de producir contenidos con un adecuado nivel de rentabilidad están contemplados en el artículo 3° del Capítulo I de esa norma; y la situación de aquellos realizadores y productores de televisión independientes que no logran una adecuada inserción en la cadena de valor, accederán a la ayuda necesaria para permitir la federalización, democratización y diversificación de la producción de contenidos audiovisuales, a través de los concursos a llevar adelante en las seis regiones en los que a tal fin se ha divido al país conforme lo establece el artículo 4°, y cuyo mecanismo se describe en el Capítulo III de la misma.

Que este mismo instrumento de fomento resulta idóneo para aquellos casos en que este tipo de realizadores y productores presenten sus proyectos en concursos impulsados por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES en forma conjunta con otros organismos, independiente de la jurisdicción a la que correspondan.

Que en todos los casos, los productores televisivos que desearan acceder a los beneficios establecidos en la Resolución INCAA Nº 1330/2012, debían encontrarse inscriptos en el registro creado oportunamente por la Resolución Nº 1659/2010, que fue disuelto por aplicación de los artículos y 11° de la Resolución 3100/2013.

Que en segundo término, se dictó la Resolución INCAA Nº 982/2013 que estimó conveniente fomentar y fortalecer el desarrollo a través de subsidios a la producción de proyectos de películas documentales y finalización en HD PROFESIONAL de largometraje, cuyo soporte de filmación sea digital (Digital Media 1920 x 1080) o en Digital Cinema Package 2K o superior.

Que en...

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