Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Febrero de 2014, R. 490. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha25 Febrero 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 490.

XLIX.

RECURSO DE HECHO R., A.M. elV., M.F. si cumplimiento de contrato.

Buenos Aires, r2~ ~ hecho deducido por la demandada en la causa R., A.M. cl Virasoro, M.F. si cumplimiento de contrato", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima esta presentación directa y se da por perdido el depósito.

N. y archívese.

R.;LUIS LORENZETII Al. HIGHTON de NOLASCO

Recurso de hecho interpuesto por M.F.V., representada por el Dr. L.M.L.. Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, S.G.T. que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo civil nO 98.

D.O.

00000001

00000002

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