Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Febrero de 2014, G. 2. L

Sentido del falloREVOCA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha25 Febrero 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

:.,t.,' G.

  1. L.

    González, F.R. cl Banco Francés S.A. si civil y comercial - varios.

    Buenos Aires, .45 &. ~l"ero & ..2.014. Vistos los autos:

    "G., F.R. cl Banco Francés S.A. si civil y comercial - varios".

    Considerando:

    Que resulta aplicable en estos autos el criterio establecido por el Tribunal al decidir las causas V.247.XLIII "V. de Ipola, R.M. y otros cl Ministerio de Economia de la Nación si amparo", sentencia del 25 de agosto de 2009, "Ramos" -considerandos 5° y 6°_ (Fallos:

    331:2316) y los millares de casos resueltos mediante remisión a "M." (Fallos:

    329:5913) en los que invariablemente se excluyó del derecho reconocido a los accionantes los supuestos "en los que la obliga~ ción emergente de los contratos de depósito se hubiera extinguido a raíz de su canje por bonos del Estado o por haberse aplicado su importe a fines específicos previstos normativamente, tales como la cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automóviles", precedentes a los que corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad.

    Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario, se revoca la sentencia apelada en lo que fue materia de agravios y se rechaza la demanda en los términos y con los alcances que -11-

    -II-

    resultan de lo expresado.

    Costas por su orden en atención a la complejidad de la cuestión debatida y a las particularidades de la causa.

    N. y devuélvase.

    ------

    G.

  2. L.

    González, F.R. el Banco Francés S.A. si civil y comercial - varios.

    Recurso extraordinario interpuesto por el BBVA Banco Francés S.A., representado por el Dr. E.A., en su carácter de apoderado. Traslado contestado por F.R.G., con el patrocinio letrado del Dr. M.A.Z.. Tribunal de origen:

    Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba. Tribunal que intervino con anterioridad:

    Juzgado Federal de Primera Instancia nO 1 de Córdoba.

    .••...•

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