Resolución Nº 28/2014

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición13 de Enero de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 28/2014Registro Nº 113/2014

Bs. As., 13/1/2014

VISTO el Expediente Nº 1.521.937/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.521.952/12 agregado como foja 112 al Expediente Nº 1.521.937/12 y Actas complementarias de fojas 50/51 del Expediente Nº 1.521.952/12 agregada como foja 112 al Expediente Nº 1.521.937/12 y foja 134 del Expediente Nº 1.521.937/12, celebrados por la FEDERACION ARGENTINA DE LAS TELECOMUNICACIONES (F.A.T.E.L.), por la parte sindical, y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante dicho Acuerdo las partes pactan un incremento de las contribuciones convencionales denominadas “Fondo Especial” y “Contribución Solidaria” para el personal comprendido en los Convenios Colectivos de Trabajo de Empresa Nº 576/03 “E” y Nº 724/05 “E”, correspondientes a la actividad de call center.

Que la legitimidad de las partes para negociar en los términos y con los alcances pretendidos, es decir respecto de dichos plexos convencionales, ha sido reconocida con anterioridad al presente, por parte de esta Cartera de Estado, conforme surge de Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 975, de fecha 06 de julio de 2012.

Que en definitiva las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para celebrar el acuerdo cuya homologación se pretende, respecto de los plexos convencionales citados.

Que el ámbito de aplicación personal y territorial del presente Acuerdo y Actas Complementarias se corresponde con la actividad de la empresa firmante y con la representatividad de la asociación sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Decláranse homologados el Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.521.952/12 agregado...

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