Resolución N° 483 'A'

EmisorDirección General de Inspección de Personas Jurídicas
Fecha de la disposición29 de Octubre de 2013
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DLXXXIX - Nº 20 CÓRDOBA, 24 de febrero de 20144
de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica
otorgada por Resolucion N° 138"A” del 15 de Julio de 1992.-
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Area de Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
SUB DIRECTORA DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 483 “A”
Córdoba, 29 de Octubre de 2013
VISTO: El Expediente Nº 0007-107097/2013 me-diante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION PARA LA LUCHA
CONTRA LA PARALISIS INFANTIL CORDOBA (A.L.P.I.)”, con
asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita
aprobación de la Re-forma del Estatuto, dispuesta en Asamblea
General Ordinaria con fecha 16 de Agosto de 2013.-
Y CONSIDERANDO: Que atento las constancias obrantes en
autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, fiscales,
estatutarios y legales con relación a la Asamblea General Ordi-
naria, celebrada con fecha 16 de Agosto de 2013 por la Entidad
Civil denominada “ASOCIACION PA-RA LA LUCHA CONTRA
LA PARALISIS INFANTIL CORDOBA (A.L.P.I.)”,”, CUIT N° 30-
54621862-3, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma del Estatuto,
modificando el artículo N°.,14, en procura de mejorar el
funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33
segunda parte, inc. 1º ) -35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- APROBAR la Reforma Parcial del Estatuto
Social, sanciona-da en Asamblea General Ordinaria, celebrada
con fecha 16 de Agosto de 2013, modificando el artículo N° 14,
de la Entidad Civil denominada “ASOCIACION PARA LA LUCHA
CONTRA LA PARALISIS INFANTIL CORDOBA (A.L.P.I.)”, CUIT
N° 30-54621862-3, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica
otorgada por Decreto N° 2309"A” del 21 de Octubre de 1960.-
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Area de Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
SUB DIRECTORA DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 484 “A”
Córdoba, 29 de Octubre de 2013
VISTO: El Expediente Nº 0007-105954/2013 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACIÓN CIVIL PEÑA
SENTIMIENTO XENEIZE”, con asiento en la Ciudad de Santa
Rosa de Calamuchita, Provincia de Córdoba, solicita autorización
para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Area
de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los
requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “ASOCIACIÓN CIVIL PEÑA SENTIMIENTO
XENEIZE”, con asiento en la Ciudad de Santa Rosa de
Calamuchita, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese
en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
SUB DIRECTORA DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 485 “A”
Córdoba, 29 de Octubre de 2013
VISTO: El Expediente Nº 0007-107673/2013 me-diante el cual
la Entidad Civil denominada “CLUB SPORTIVO Y RECREATIVO
FOTHERINGHAM”, con asiento en la Localidad Fotheringham,
Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del
Estatuto, dispuesta en Asamblea General Ordinaria con fecha 13
de setiembre de 2013.-
Y CONSIDERANDO: Que atento las constancias obrantes
en autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, fiscales,
estatutarios y legales con relación a la Asamblea General Ordi-
naria, celebrada con fecha 13 de setiembre de 2013 por la
Entidad Civil denominada “CLUB SPORTIVO Y RECREATIVO
FOTHERINGHAM”, CUIT N° 30-71210635-9 con asiento en
la Localidad Fotheringham, Provincia de Córdoba, en la cual
se resolvió la Reforma del Estatuto, modificando los arts. 3°,
9°,14, 21 y 23, en procura de mejorar el funcionamiento de la
Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33
segunda parte, inc. 1º ) -35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social,
modificando los arts. 3°, 9° ,14, 21 y 23, sancionada en Asamblea
General Ordinaria, celebrada con fecha 13 de setiembre de
2013 de la Entidad Civil denominada “CLUB SPORTIVO Y
RECREATIVO FOTHERINGHAM”, CUIT N° 30-71210635-9,
con asiento en la Localidad de Fotheringham, Provincia de
Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica
otorgada por Decreto N° 1040"A” de fecha 10 de noviembre de
1955-
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Area de Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
SUB DIRECTORA DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 486 “A”
Córdoba, 29 de Octubre de 2013
VISTO: El Expediente Nº 0007-103706/2013 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “FUNDACION UNIVERSIDAD
SOCIAL INTERNACIONAL”, con asiento en la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para
funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Area
de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los
requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad
Civil denominada “FUNDACION UNIVERSIDAD SOCIAL
INTERNACIONAL”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese
en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
SUB DIRECTORA DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 487 “A”
Córdoba, 29 de Octubre de 2013
VISTO: El Expediente Nº 0007-106979/2013 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “FUNDACION PARA EL
DESARROLLO Y LA INCLUSIÓN LABORAL”, con asiento en la
Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización
para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Area
de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los
requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad
Civil denominada “FUNDACION PARA EL DESARROLLO Y
LA INCLUSIÓN LABORAL”, con asiento en la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese
en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
SUB DIRECTORA DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

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