Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Febrero de 2014, S. 3. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha18 Febrero 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S.3.XLIX RECURSO DE HECHO S., T. delV. el Municipalidad de Las Talitas si dados y perjuicios Buenos Aires,.A8 ‹J.e. ~b..eyo ~ 2.D/~. Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la actora en la causa S., T. delV. c/ Municipalidad de Las Talitas s/ dapos y perjuicios", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso de queja no satisface los recaudos previstos en el arto 4° del reglamento aprobado por la acordada nO 4/2007, ni el recaudo establecido en la acordada 38/2011.

Por ello, se desestima la queja.

N. y, oportunamente, archívese.

¡-{ICARDO LUIS LORENZETII / - 1 - J.;CARLOS MAQUEDAC. .

Recurso de hecho deducido por T. delV.S., en calidad de actora, representado/a por el dr /dra C.A.F. o o o Tribunal de origen:

Corte Suprema de Justicia de TucumAno Tribunal que intervino con anterioridad:

Cámara en lo Contencioso Administrativo - Sala III - de la Provincia de TucumAno - 2 -

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