Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Febrero de 2014, N. 59. XLIX

Sentido del falloDECLARA COMPETENCIA -
Fecha18 Febrero 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

N.

59.

'XLIX.

() "'.

RECURSO DE HECHO N., M.

J. el R., S ..V. si divorcio.

Buenos Aires, Autos y Vistos:

Habida cuenta que desde la última actuación del Trib~nal encaminada a impulsar el procedimiento ha transcurrido un lapso superior al previsto por el arto 310, inc.

  1. , del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que la parte haya activádo el trámite del recurso, corresponde.declarar la caducidad de la instancia extraordinaria ..

Por ello, se declara la caducidad de la instancia.

N. y archív

Recurso de hecho interpuesto por S. V.R., con el patrocinio del Dr. G.V.. Tribunal de origen:

Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en 10 Civil. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en 10 Civil nO 106.

D.O.

00000001

00000002

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR