Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Febrero de 2014, C. 720. XLVIII

Sentido del falloDEJA SIN EFECTO - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha18 Febrero 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C.

720.

XLVIII.

C., R.S. cl U.N.L.P.

- Facultad de Ciencias Exactas sI rec. adro. directo.

Buenos Aires, Á8 k ~breyQ ole... 2.01"1, Vistos los autos:

"Calandra, R.S. cl u. N. L. P.

Facultad de Ciencias Exactas si rec. adm. directo".

Considerando:

Que las cuestiones planteadas han sido adecuadamente consideradas en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, cu~ yos fundamentos son compartidos por el Tribunal, y a los que corresponde remitir en razón de brevedad.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia fs.

145/151, en cuanto fue materia de recurso.

Con costas.

Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo fallo conforme a lo aquí expuesto.

N. y, oportunamente, devuélvase.

C.;S. FAYT /J.;CARLOS MAQUEDA

,.'l Recurso extraordinario interpuesto por la Universidad Nacional de La Plata, demandada en autos, representada por la Dra. G.E.B., en calidad de apoderada. Traslado contestado por R.S.C., actor en autos, con el patrocinio letrado del D.S.J.M.P.. Tribunal de origen:

Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. Sala Civil II.

D.O.

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