Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Agosto de 2013, P. 642. XLIV

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha06 Agosto 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 642. XLIV. P.¡ Nazareno el AFIP-DGI si demanda de repetición. Buenos Aires, .t e& or~1odt )ajó ~ Autos y Vistos:

    En atención a la labor desarrollada a fs.

    188/192 vta., y teniendo en cuenta el mérito, la naturaleza e importancia de la tarea cumplida, el resultado obtenido, que la evaluación del trabajo a remunerar es facultad de este Tribunal (Fallos:

    313:577); y de conformidad con lo dispuesto por los arts.

    6°, incs. b, c y d, 9° Y 14 de la ley 21.839 -modificada por la ley 24.432-, se regulan los honorarios del doctor E.A.;Christensen en la suma de cuatro mil pesos ($ 4.000).

    La retribución que antecede no incluye el impuesto al valor agregado, monto que -en su casodeberá ser adicionado conforme a la subjetiva situación del profesional beneficiario frente al citado tributo.

  2. y devuélvanse.

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    D.O.

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