Resolución N° 384 'A'

EmisorDirección General de Inspección de Personas Jurídicas
Fecha de la disposición 3 de Septiembre de 2013
CÓRDOBA, 18 de febrero de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DLXXXIX - Nº 16 Primera Sección 3
Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Area
de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los
requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “Asociación Civil Cultural MARTIN FIERRO”, con
asiento en la Ciudad de San Francisco, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese
en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 384 “A”
Córdoba, 3 de Septiembre de 2013
VISTO: El Expediente Nº 0007-104709/2013 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “FUNDACION FINES”, con asiento
en la Ciudad de Cordoba, Provincia de Córdoba, solicita
autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Area
de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los
requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad
Civil denominada “FUNDACION FINES”, con asiento en la
Ciudad de Cordoba, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese
en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 386 “A”
Córdoba, 3 de Septiembre de 2013
VISTO: El Expediente Nº 0007-105000/2013 me-diante el cual
la Entidad Civil denominada “INSTITUTO SECUNDARIO
CRISTO REY DE COLAZO”, con asiento en la Localidad de
Colazo, Provin-cia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma
del Estatuto, dispuesta en Asamblea General Ordinaria con
fecha 8 de Mayo de 2013.-
Y CONSIDERANDO: Que atento las constancias obrantes en
autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, fiscales,
estatutarios y legales con relación a la Asamblea General Ordi-
naria, celebrada con fecha 8 de Mayo de 2013 por la Entidad
Civil denominada “INSTITUTO SECUNDARIO CRISTO REY
DE COLAZO”, CUIT N° 30-58293955-8 con asiento en la Ciudad
de Colazo, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la
Reforma del Estatuto, modificando los artículos 14°,15° , 16° y
eliminando el articulo 18°, en procura de mejorar el funcionamiento
de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33
segunda parte, inc. 1º ) -35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y corre-lativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social,
sancionada en Asamblea General Ordinaria, modificando los
artículos 28°, 34° , 14°,15° , 16° y eliminando el articulo 18°
celebrada con fecha de Mayo de 2013 la Entidad Civil
denominada “INSTITUTO SECUNDARIO CRISTO REY DE
COLAZO”, CUIT N° 30-58293955-8 con asiento en la Localidad
de Colazo, Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica
otorgada por Resolución N° 7428 “A” de fecha 10 de Septiembre
de 1969.-
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Área de Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 388 “A”
Córdoba, 3 de Septiembre de 2013
VISTO: El Expediente Nº 0007-104402/2013, mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION DE TRILLADORES
DEL CENTRO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA”, con asiento
en la Ciudad de Almafuerte, Provincia de Córdoba, solicita
aprobación de la Reforma del Estatuto, dispuesta en Asamblea
Extraordinaria con fecha 26 de Abril de 2013.-
Y CONSIDERANDO: Que atento las constancias obrantes en
autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, fiscales,
estatutarios y legales con relación a la Asamblea Extraordinaria
con fecha 26 de Abril de 2013 por la Entidad Civil denominada
“ASOCIACION DE TRILLADORES DEL CENTRO DE LA
PROVINCIA DE CORDOBA” CUIT N° 30-70979326-4, con
asiento en la Ciudad de Almafuerte, Provincia de Córdoba, en la
cual se resolvió la Reforma del Estatuto Social, comprendiendo
el cambio de nombre por el de “ASOCIACION DE
TRILLADORES Y CONTRATISTAS DE LA PROVINCIA DE
CORDOBA”, modificando el artículo 1°, en procura de mejorar
el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33
segunda parte, inc. 1º ) -35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social,
modificando el art. 1°, sancionada en la Asamblea Extraordinaria
con fecha 26 de Abril de 2013 de la entidad civil “ASOCIACION
DE TRILLADORES DEL CENTRO DE LA PROVINCIA DE
CORDOBA”, comprendiendo el cambio de nombre por el de
“ASOCIACION DE TRILLADORES Y CONTRATISTAS DE LA
PROVINCIA DE CORDOBA”, CUIT N° 30-70979326-4, con
asiento en la Ciudad de Almafuerte, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica
otorgada por Resolución N° 001 “A” de fecha 3 de Enero de
1986.-
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Área de Asociaciones
Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente
y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 387 “A”
Córdoba, 3 de Septiembre de 2013
VISTO: El Expediente Nº 0007-107578/2013 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “Centro Vecinal de B°
PROVIDENCIA”, con asiento en la Ciudad de Cordoba, Provincia
de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Area
de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los
requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad
Civil denominada “Centro Vecinal de B° PROVIDENCIA”, con
asiento en la Ciudad de Cordoba, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese
en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y
archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 389 “A”
Córdoba, 3 de Septiembre de 2013
VISTO: El Expediente Nº 0007-106406/2013 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “Asociación Civil Bomberos
Voluntarios de Colonia Marina”, con asiento en la Localidad de
Colonia Marina, Provincia de Córdoba, solicita autorización para
funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Area
de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los
requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,

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