Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Febrero de 2014, R. 801. XLVIII

Sentido del falloADMITE - RECURSO DE REVOCATORIA
Fecha04 Febrero 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R.

BOl.

XLVIII., ,•.,;'1",

RECURSO DE HECHO

R., R.;Ángel si homicidio calificado causa nO 25/2012. fewero Buenos Aires,4 ~ de. ZO/4'. Autos y Vistos; Considerando:

  1. ) Que a fs.

    58/59, el recurrente pretende la reposición del pronunciamiento de fs.

    55, que tuvo por no presentado el recurso de hecho por no haberse dado cumplimiento, en el término pertinente, a la intimación que a fs.

    52 le formuló el Secretario del Tribunal en los términos del inc. c de la acordada 13/90.

  2. ) Que si bien las sentencias definitivas de la Corte no son susceptibles de revocatoria, cabe apartarse de dicho criterio en los supuestos en que el pronunciamiento del Tribunal tenga clara incidencia en la garantía constitucional de defensa en juicio.

  3. ) Que en el caso corresponde hacer excepción a esa regla, toda vez que conforme se desprende de las nuevas constancias acompañadas (fs.

    57), el recurrente cumplió en término con la intimación que le había formulado el Secretario del Tribunal, y que la demora en el arribo de recaudos -conforme a la acordada 13/90 C.S.J.N.a la Mesa de Entradas, obedeció a motivos que le fueron ajenos.

    4 0) Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art.

    280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

    Por ello, se hace lugar a la reposición y se desestima la queja.

    1. al recurrente para que dentro del quinto día de

    notificado acompañe copia de la resolución que le concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el arto 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, a la orden de esta Corte y baj o apercibimiento de ej ecución.

    H. saber y archívese.

    JUAN CARLOS MAQUEDA

    R.

    801.

    XLVIII.

    RECURSO DE HECHO

    R., R.Á. s/ homicidio calificado causa nO 25/2012.

    R.~rso .de reposic~ón interpuesto por R.Á.R., representado por el Dr:'M.N.J., asesor letrado penal del 14 turno de la ciudad de Córdoba, Defensor.

    \, , "

    D.O.

    00000001

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