Disposición Nº 942/2014

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 4 de Febrero de 2014



MINISTERIO DE SALUD

SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS

ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

DisposiciónNº 942/2014Bs. As., 4/2/2014

VISTO el Expediente Nº 1-0047-1110-468/13-2 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones referidas en el Visto de la presente, la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud informa que mediante O.I. Nº 19/13 procedió a inspeccionar el comercio Belle de Jour, sito en calle Elcano 3027, Ciudad de Buenos Aires.

Que en dicha oportunidad, personal del área antes indicada, detectó irregularidades en los productos detallados a continuación: a) “by SARAC Quitaesmalte sin acetona, Buenos Aires, Cont. Neto 60 ml”, que de los datos del establecimiento elaborador, responsable de la comercialización, inscripción del producto ante ANMAT, y codificación de lote y vto; b) “LINE UP Queratina Cauterizador sin enjuague, formula del brillo de Palta, cont. neto 15 ml”, sin datos del responsable de comercialización, inscripción del producto ante ANMAT, Nº de legajo, y codificación de lote y vto; c) “COLLAGE COSMETIQUES Crema reductora para masajes, Extracto de Té verde-Centella Asiática, Cafeína y Fucus, uso profesional, cont. neto 250 gs, L.13639, R. B692, Vto: 01/2015, Res. 159/98, Leg. 2432, Industria Argentina”, sin datos del responsable de la comercialización y fórmula cualitativa; d) “COLLAGE COSMETIQUES Emulsión Nutritiva Vitaminizada, Vitaminas A y E (con anti-radical libre) uso profesional, cont. neto 250 gs, L. 13644, R. B674, Vto: 01/2015, Res. 159/98, Leg. 2432, Industria Argentina”, que carece del dato del responsable de la comercialización y fórmula cualitativa; e) “COLLAGE COSMETIQUES Crema Hidronutritiva con colágeno, Colágeno Hidrolizado y Beta Caroteno, uso profesional, cont. neto 250 gs, L.13642, R. B705, Vto: 01/2015, Res. 159/98, Leg. 2432, Industria Argentina”, que carece del dato del responsable de la comercialización, y fórmula cualitativa.

Que con el objetivo de verificar si los productos descriptos se encuentran inscriptos ante ANMAT, la Dirección de mención realizó la consulta en la base de datos de Admisión Automática de Productos Cosméticos, no encontrándose antecedentes de inscripción que respondan a esos nombres y a la marca Collage Cosmetiques.

Que en relación al producto detallado en el ítem a), personal de la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud concurrió mediante O.I. Nº 20/13 al establecimiento By Sarac de Ariel Horacio Couso, sito en Dardo Rocha 870, Esteban Echeverría, Provincia de Buenos Aires.

Que en dicha oportunidad la comisión de inspección fue recibida por la encargada de la firma quien manifestó en relación al producto antes referenciado, que es original y propio de By Sarac que compra el producto en envases de un litro a un proveedor, sin precisar más datos, que luego es fraccionado en envases de 60 mI por su propia firma, y que el mismo no se encuentra inscripto ante ANMAT.

Que agrega la referida Dirección que la firma By Sarac carece de habilitación ante la ANMAT para la actividad de fraccionamiento declarada.

Que en lo que respecta al producto detallado en el ítem b), por O.I. Nº 511/13, personal de la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud realizó una inspección en el laboratorio Fithoplasma SA, elaborador declarado de diversos productos cosméticos marca LINE UP, para verificar la unidad descripta indicando la Directora Técnica de la firma que dicha unidad no fue elaborada por el laboratorio y que no es original de la firma.

Que en consecuencia, por O.I. Nº 533/13 personal de dicha Dirección concurrió a la empresa Ichinen S.A., en carácter de titular de varios productos cosméticos marca LINE UP, a fin de verificar el mencionado producto.

Que el representante de la firma inspeccionada manifestó que la empresa es la responsable de la comercialización del citado producto, que no se encuentra inscripto ante ANMAT y que desconoce quién es el elaborador del mismo ya que fue adquirido a un vendedor ambulante.

Que en referencia a los productos detallados en los ítems c), d) y e) la DVS verificó que el legajo Nº 2432 correspondía a la firma Antiall S.A., cuya habilitación fue dada de baja según Disposición ANMAT Nº 0032/11.

Que en relación a los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR