Resolución Nº 2041/2013

Fecha de publicación30 Enero 2014
Fecha de disposición20 Diciembre 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32817



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 2041/2013Registros Nº 43/2014, Nº 44/2014, Nº 45/2014 y Nº 46/2014

Bs. As., 20/12/2013

VISTO el Expediente Nº 1.347.341/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 23/25 y a fojas 259, respectivamente, del Expediente Nº 1.347.341/09 obran el acuerdo y el acta complementaria, celebrados entre la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte sindical, y el CONSORCIO DE EXPORTADORES DE CARNES ARGENTINAS ASOCIACION CIVIL, la CAMARA DE FRIGORIFICOS DE ARGENTINA y la UNION DE LA INDUSTRIA CARNICA ARGENTINA por el sector empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a fojas 26/28 y a fojas 259, respectivamente, del Expediente Nº 1.347.341/09 obran el acuerdo y el acta complementaria, celebrados entre la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la CAMARA DE FRIGORIFICOS DE SANTA FE, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a fojas 87/90 y a fojas 259, respectivamente, del Expediente Nº 1.347.341/09 obran el acuerdo y el acta complementaria, celebrados entre la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical y la CAMARA DE FRIGORIFICOS DE SANTA FE y la UNION DE LA INDUSTRIA CARNICA ARGENTINA por el sector empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a fojas 104/107 y a fojas 259, respectivamente, del Expediente Nº 1.347.341/09 obran el acuerdo y el acta complementaria, celebrados entre la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical y la CAMARA DE FRIGORIFICOS DE ARGENTINA y el CONSORCIO DE EXPORTADORES DE CARNES ARGENTINAS ASOCIACION CIVIL por el sector empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo en los mentados Acuerdos, los agentes negociadores establecen condiciones salariales, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 56/75.

Que en relación a lo previsto en el artículo segundo de los acuerdos de fojas 23/25 y 26/28 de las actuaciones de marras, se precisa que la homologación que se resuelve por el presente acto, lo es sin perjuicio de la aplicación de pleno derecho del orden de prelación de normas dispuesto en el Artículo 19 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que teniendo en cuenta las sumas previstas en todos los acuerdos sub-exámine y en atención a su fecha de celebración, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es, exclusivamente de origen legal.

Que en tal sentido, corresponde dejar expresamente sentado que si en el futuro las partes acuerdan el pago de sumas de dinero, en cualquier concepto, como contraprestación a los trabajadores, dichas sumas tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho, independientemente del carácter que éstas les asignaran y sin perjuicio de que su pago fuere estipulado como transitorio, extraordinario, excepcional o por única vez.

Que el ámbito de aplicación de los acuerdos se circunscribe a la correspondencia entre el alcance de representación de las entidades empresarias signatarias y de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que los firmantes del acuerdo y las escalas salariales han ratificado su contenido.

Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias que obran en autos.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados, debiendo las partes tener presente lo señalado en los considerandos séptimo y octavo.

Que posteriormente corresponderá el pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Decláranse homologados el acuerdo y el acta complementaria, que lucen a fojas 23/25 y fojas 259, respectivamente, del Expediente Nº 1.347.341/09, celebrados entre la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y el CONSORCIO DE EXPORTADORES DE CARNES ARGENTINAS ASOCIACION CIVIL, la CAMARA DE FRIGORIFICOS DE ARGENTINA, la UNION DE LA INDUSTRIA CARNICA ARGENTINA por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

— Decláranse homologados el acuerdo y el acta complementaria, que lucen a fojas 26/28 y fojas 259, respectivamente, del Expediente Nº 1.347.341/09, celebrados entre la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la CAMARA DE FRIGORIFICOS DE SANTA FE, por la parte empresarial, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3°

— Decláranse homologados el acuerdo y el acta complementaria, obrantes a fojas 87/90 y a fojas 259, respectivamente, del Expediente Nº 1.347.341/09, celebrados entre la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical y la CAMARA DE FRIGORIFICOS DE SANTA FE y la UNION DE LA INDUSTRIA CARNICA ARGENTINA por el sector empresarial, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 4°

— Decláranse homologados el acuerdo y el acta complementaria, obrantes a fojas 104/107 y a fojas 259, respectivamente, del Expediente Nº 1.347.341/09, celebrados entre la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE LA CARNE Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical y la CAMARA DE FRIGORIFICOS DE ARGENTINA y el CONSORCIO DE EXPORTADORES DE CARNES ARGENTINAS ASOCIACION CIVIL, por el sector empresarial, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5°

— Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre los acuerdos obrantes a fojas 23/25, 26/28...

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