Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Diciembre de 2013, I. 80. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha10 Diciembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

.

80.

XLIX.

RECURSO DE HECHO

Industrias Saladillo S.A. si medidas cautelares.

Q9t;:w ele jU r;f7~ AJ,., Al" ~ d‹- 2O/;S.-- Buenos Aires, (V‹A/O~ £/fA't‹~ Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por Tigre Argentina S .A. en la causa Industrias Saladillo S.A. s/ medidas cautelares", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja por denegación del recurso extraordinario no ha cumplido con los requisitos exigidos en el artículo 4° del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se la desestima.

D. perdido el depósito de fs.

.ues.e-y-,.--Gp-0J;:.!:unamente, archí vese.

.

--".

R.;LUIS LORENZETTf vo/ /" ENRIQUE S. PETRACCHl (;rvcs,}J) JUAN CARLOS MAQUEDA

I.

80.

XLIX.

RECURSO DE HECHO

Industrias Saladillo S.A. sI medidas cautelares.

-jj-TO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON J.C.M. Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la presentación en examen.

D. perdido el depósito de fs.

44. N. y archívese.

~/ JUAN CARLOS MAQUEDA

Recurso de hecho interpuesto por Tigre Argentina S.A., en carácter de parte actora, representada por el Dr. M.A.S.. Tribunal de origen:

Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal, S.I.. Tribunal que intervino con anterióridad:.Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal nO 6.

D.O.

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