Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Diciembre de 2013, E. 91. XLIX

Sentido del falloRECHAZA LA DEMANDA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha10 Diciembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

r E. 91. XLIX.

E. 68. XLIX.

RECURSO DE HECHO El Litoral S.R.L. el AFIP - DGI si ordinario.

Buenos Aires, ~O eh &iclaub-re h ~Oi3. vistos los autos:

"El Litoral S.R.L. cl AFIP - DGI si ordinario".

Considerando:

Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las consideradas y resueltas por esta Corte en la causa "Estancias Argentinas El Hornero S.A. cl EN - AFIP - DGI ley 24.073" (Fallos:

335:1923), precedente al que corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad.

Por ello, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario, se revoca la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios y se rechaza la demanda.

Costas por su orden en todas las instancias en atención a la complejidad de las cuestiones debatidas (arts.

68, segundo párrafo, y 279 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

N., a~.£.e-i~re.s.e tación directa a los autos principales y devué'I..

JUAN CARLOS MAQUEDA

Recurso extraordinario interpuesto por la AFIP - DGI, representada por los Dres.

J.A.C. y C.E.B.. Traslado contestado por El Litoral S.R.L., representada por el Dr. E.A.L.. Recurso de hecho interpuesto por la AFIP - DGI, representada por el Dr. J.A.C.. Tribunal de origen:

Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario. Tribunal que intervino con anterioridad:

Juzgado Federal de primera Instancia N° 2 de Santa Fe.

D.O.

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