Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Diciembre de 2013, C. 646. XLIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

'\«"'‹, Competencia N° 646.

XLIX.

R., E.F.A. si robo con armas.

Buenos Aires, Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.F. a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nO 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al que se le remitirá.

H. saber al Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción nO 31.

ELENA 1.HIGHTON de NOlJ\SCO CARMEN M. ARGIBAY

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