Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Noviembre de 2013, P. 426. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha28 Noviembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

f P.

426.

XLIX.

Plan R. S.A. de Ahorro para Fines Determinados el Municipalidad de Rio Cuarto demanda contencioso administrativa.

Buenos Aires,.,tg &.Q. MvlQ.‹M.bre &L c!DI-3. Vistos los autos:

"Plan Rombo S .A. de Ahorro para Fines Determinados c/ Municipalidad de Río Cuarto - demanda contencioso administrativa".

/ Considerando:

Que el recurso extraordinario resulta improcedente pues la sentencia contra la que se lo deduce no se aparta de lo decidido por esta Corte en la anterior intervención que le cupo en las presentes actuaciones, en tanto resolvió el caso de acuerdo con la doctrina del precedente "Laboratorios Raffo" (Fallos:

332:1503), tal como se dispuso en esa oportunidad (confr. pronunciamiento del 7 de febrero de 2012, obrante a fs.

2751/2751 vta.) .

Por ello, se desestima el recurso planteado.

Con costas.

N. uese /é~- ~ /' R.;LUIS LORENZEm ;;{J CAR~OSS. FAYT

Recurso extraordinario interpuesto por la Municipalidad de Río Cuarto, representada por el Dr. H.E.V.N., en su calidad de apoderado. Traslado contestado por Plan Rombo S .A. de Ahorro para Fines Determinados, representado por el Dr. S.P.M.. Tribunal de origen:

Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Cámara de Apelaciones Civil, Comercial y Contencioso Administrativa de Primera Nominación de la Segunda Circunscripción Judicial de la ciudad de Río Cuarto, Tribunal Superior de Jus- ticia de la Provincia de Córdoba y Corte Suprema de Justicia de la Nación.

D.O.

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