Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Noviembre de 2013, S. 621. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha19 Noviembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S.

621.

XLIX.

RECURSO DE HECHO S., E. y otro el Nocito, J. y otros sI daños y perjuicios.

C29tiw deMk 67~ , 4~AJ_ /b, -,,'euA- k d‹..- :JD1d. Buenos Alres, I~ '~rl vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la actora en la causa S., E. y otro cl Nocito, J. y otros si daños y perjuicios", para decidir sobre su procedencia.

C.;ierando:

Que las apelantes no han cumplido con el recaudo establecido por el art. inc. c, del reglamento aprobado por acordada 4/2007. Por ello, se desestima la presente queja y se da por perdido el depósito.

N. y archívese.

R.;LUIS LORENZETTI 7 ENRIQUE S. PETRACCHI A

Recurso de hecho interpuesto por E. y E.S., representadas por los Dres.

S.P.S. y P.S.. Tribunal de origen:

Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal n° 10. \

D.O.

00000001

00000002

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