Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Noviembre de 2013, S. 440. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha19 Noviembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S.

440.

XLIX.

RECURSO DE HECHO

Surballe, M.A. andro y otros el Mingozzi, C. si cobro de honorarios profesionales.

Q9Úw de aa cj7~ Buenos Aires, .ft:t dL.. ~.~ L \~ 201~. Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por F.S. y M.F.S.M. en la causa S., M.A. y otros cl Mingozzi, C. si cobro de honorarios profesionales", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima esta presentación directa y se da por perdido el depósito de fs.

2. N. y archívese.

I.;LUIS LORENZETrIJ.E. RAUL ZAFFARONI -1- CARMENM.A

~2-

S.

440.

XLIX.

RECURSO DE HECHO

Surballe, M.A. y otros el Mingozzi, C. sI cobro de honorarios profesionales.

DENCIA DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI y DON E.

RAÚL ZAFFARONI Considerando:

Que a juicio del Tribunaly' con arreglo a lo dispuesto en el arto 33. inc. a, ap.5, ,de la .ley 24.946, corresponde dar intervención a la sefiora Procuradora General de la Nación a fin de que dictamine sobre la cuestión que, como de naturaleza federal, se invoca en el recurso ante esta Corte.

N..

ENRIQUE S. PETRAC E. RAUL ZAFFARONl

Recurso de hecho interpuesto por F.S. y M.F.S.M., letrados en causa propia, patrocinados por M.S.. Tribunal de origen:

Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 19. -4~

D.O.

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