Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Noviembre de 2013, A. 52. XLVIII

Sentido del falloREVOCA PARCIALMENTE - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha19 Noviembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A.

52.

XLVIII.

Alba Cía.

Argentina de' SegurosSA (TF. lB.035-A) el Dirección General de Aduanas.

Vistos los autos:

"Alba Cía.

Argentina de Seguros SA (TF.

18.035-A) c/ Dirección General de Aduanas".

Considerando:

Que los agravios planteados por el recurrente respecto del recargo adicional previsto en el ,art.

23 del decreto 1439/96 encuentran respuesta en el criterio establecido por el Tribunal en las causas F.195.XLII.

"Frisher SRL (TF 16.236-A) c/ Adm,ini'~traCión Nacional de Aduanas" e I.49.XLII.

"IEF Latinoamerican SA (TF 16.912 -A) c/ Dirección General de Aduanas 11, sentencia del 14 de agosto de 2013, a cuyos fundamentos correspon- J de remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad.

"I Que, en lo referente a las restantes cuestiones planteadas, la apelación extraordinaria res~lta improcedente (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se declara formalmente admisible el recurso extraordinario en lo relativo a la cuestión tratada en el primer párrafo de los considerandos -e improcedente en lo demásy se revoca parcialmente la sentencia apelada en los términos y con los alcances indicados en los precedentes a los que se remite.

-II-

Costas por su orden en atención a la forma en que se resuelve.

N. y devuélvanse los autos a fin de que el tribunal a qua, por quien corresponda, proceda de acuerdo con lo aquí decidido.

R.;LUIS LORENZEm /£;/ /!¿~ r ENRIQUESPETRACCHI E. RAUL ZAFFARON! C.;M. ARGIBAY

A.

52.

XLVIII.

Alba Cía.

Argentina de Seguros.

SA (TF.

18.035 -Al el Dirección General de Aduanas.

Recurso extraordinario interpuesto por Alba Cía. Argentina de Seguros S.A., representada por el Dr. A.J.V.. Traslado contestado por la Dirección General de Aduanas, representada por el Dr. C.O.D.P.. Tribunal de origen:

Sala IV dé la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Conten- cioso Administrativo Federal. Tribunal que intervino con anterioridad:

Tribunal Fiscal de la Nación.

D.O.

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