Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 12 de Noviembre de 2013, P. 480. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha12 Noviembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 480. XLIX.

    RECURSO DE HECHO

    Provincia de Mendoza el Miranda, M.V. si acción de lesividad. BU e no s Ai r e s, Á 2- oLe.. no \if e rwhre.. ..te. 2.C:J .3. vistos los autos:

    "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Provincia de Mendoza cl M., M.V. si acción de lesividad", para decidir sobre su procedencia.

    Considerando:

    Que el recurso extraordinario y la queja no satisfacen los recaudos previstos en los arts. l° y 7° inc. d del reglamento aprobado por la acordada 4/07. Por ello, se desestima la queja.

  2. y, oportunamente, archivese.

    ~ CARDO L.;LORENZETTI UE S. PETRACCHI GAAMEN M. AR~Il3AY

    , ' . ,

  3. 480. XLIX.

    RECURSO DE HECHO

    Provincia de Mendoza el Miranda, M.V. si acción de lesividad. : ~-.

    TO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON J.C.M. Considerando:

    Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

    Por ello, se desestima la queja.

  4. y, oportuna- mente, archívese .... JUAN CARLOS MAQUEDA

    I Recurso de hecho deducido por M.V. ~randa, demandada en autos, :r;:epresentada por el Dr. E.N.B., con el patrocinio de la Dra.

    P.F.A.. Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de Mendoza. i \

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