Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 12 de Noviembre de 2013, M. 499. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha12 Noviembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

( M. 499. XLIX.

RECURSO DE HECHO

M., E.A. el Cazón, J.A. y otro si desalojo por falta de pago. r:diw de jU cf7ear¡~ , ") --d. t.e.. 11. __ ' ¿{f¿ ..2a1d . Buenos Aires, -;1-‹:; u:.‹.-ng y¿~ Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la Defensora Oficial de L.M.C y L.E.C. en la causa M., E.A.- bertocl Cazón, J.A. y otro si desalojo por falta de pago", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima esta presentación directa.

N. y, previa devolución de las actuaciones principales, archivese.

R.;LUIS LORENZETIIE.;S. PETRACCHI / CARLOS Mil U DA

Recurso de hecho interpuesto por la Defensora Pública de Menores, M.C.- tina M.C.. Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en 10 Civil, S.C.T. que intervino con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en 10 Civil n° 32.

D.O.

00000001

00000002

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