Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 12 de Noviembre de 2013, C. 951. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA -
Fecha12 Noviembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 951. XLIX. P.C., C.E. y otros si queja por denegación de justicia en autos: 'C., C.E. y otros el Figueroa, R.A. y otros' . cP!JW de,m cfJ'~ Buenos Aires, oIKr& ~ /11tr/T7'~6u. dl-. 201.3.- Autos y Vistos; Considerando:

Que la presentación de fs. 105/109 no constituye acción o recurso alguno que, con arreglo a los arts. 116 y 117 de la Constitución Nacional, habilite la competencia ordinaria o extraordinaria de la Corte Suprema. Asimismo, no se advierte un supuesto de denegación de justicia que justifique la intervención del Tribunal.

Por ello, se desestima la presentación.

N. y, oportunamente, archivese.

/ E.;S PETRACCHIJ.;CARLOS MAQUEDA

., Presentación efectuada por el Dr. O.;EmilioM., en representación de la actora (C.E.C., J.R.C. y N. ~icia D. de C., con el patrocinio letrado del Dr. J.C..

D.O.

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