Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Noviembre de 2013, G. 1163. XLVIII

Sentido del falloREGULA HONORARIOS - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha05 Noviembre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 1163. XLVIII. G.F., J.D. elG., C.N. vi dad y otros si daños y perjuicios (aee. trán. el les. o muerte). Buenos Aires, .r ¿;¿ ~,); 4‹A ~ e£e .;;?o/a. Autos y Vistos:

En atención a la labor desarrollada a fs. 419/432, Y teniendo en cuenta el mérito, la naturaleza e importancia de la tarea cumplida, el resultado obtenido, que la evaluación del trabajo a remunerar es facultad de este Tribunal (Fallos:

313:577); y de conformidad con lodi.spue;t'o por los arts.

6°, incs. b, c y d, 9° Y 14 de la ley 21.839, modificada por la ley 24.432, se regulan los honorarios de la doctora M.F.K., en la suma de cinco mil pesos ($ 5.000).

Dichos honorarios no incluyen el impuesto al valor agregado, monto que -en su caso- deberá ser adicionado conforme a la subjetiva situación de la profesional beneficiaria frente al citado tributo. N. y NRIQUE S PETRACCHI E. RAUlZAFFARONI CARMEN M. ARGIBAY

, ~2-

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