Resolución Nº 1388/2013

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición 4 de Octubre de 2013



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 1388/2013Registro Nº 1145/2013

Bs. As., 4/10/2013

VISTO el Expediente Nº 1.509.757/12 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/6 del Expediente Nº 1.573.310/13, agregado como foja 86 al Expediente Nº 1.509.757/12 obran el acuerdo y anexo celebrados entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES, por la parte sindical y el IRAM INSTITUTO ARGENTINO DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION, por la parte empresarial, conforme lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el acuerdo de marras se establecen nuevas condiciones salariales y laborales, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 82/93 “E”.

Que en atención a lo previsto en la cláusula séptima in fine respecto de la modificación al artículo 13 del convenio colectivo precitado, se hace saber a las partes que la homologación del presente no obsta de la debida observancia de lo dispuesto en el artículo 253 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976).

Que el ámbito territorial y personal se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que los actores intervinientes en autos se encuentran legitimados para celebrar el presente, conforme surge de los antecedentes acompañados.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les compete en la presente negociación, en los términos de lo prescripto por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que se encuentra cumplido el procedimiento negocial previsto en la Ley Nº 23.546 (t.o. 2004).

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las...

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