Resolución N° 5/2013

Fecha de la disposición 3 de Enero de 2014



JUNTA CENTRAL DE LOS CONSEJOS PROFESIONALES DE AGRIMENSURA, ARQUITECTURA E INGENIERIA

JURISDICCION NACIONAL

CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

ResoluciónN° 5/2013Responsabilidad Profesional de los Ingenieros Especializados y Licenciados en Higiene y Seguridad en el Trabajo.

VISTO;

La ley 19.587, el Decreto Ley N° 6070/58 ratificado por ley 14.467, el Decreto Reglamentario N° 351-PEN/79, la Ley N° 4497 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el consecuente estudio elevado por la Comisión de Higiene y Seguridad en el trabajo y la Resolución N° 53-COPIME/13 y;

Considerando:

Que resultan de aplicación en la materia la ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19587, y su Decreto Reglamentario N° 351/79;

Que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se ha dictado la Ley N° 4497, generando una notable incertidumbre con respecto a su interpretación toda vez que se encuentra pendiente su reglamentación;

Que en este contexto resulta trascendente esclarecer y definir la función del Asesor de Higiene y Seguridad en el Trabajo para cumplir con los objetivos de prevención de la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24557 desde este ámbito que congrega a todos los Consejos Profesionales que los agrupa;

Que la Comisión de Higiene y Seguridad en el Trabajo presentó un informe específico para ser tratado en el Plenario de Consejeros, como consecuencia del análisis de la Resolución N° 53-COPIME/13, cuyos lineamientos ha aconsejado adoptar a esta Junta Central;

Que ha tomado debida intervención la Asesoría Letrada de Junta Central, la que ha emitido dictamen en sentido conteste;

Por ello;

LA JUNTA CENTRAL DE LOS CONSEJOS PROFESIONALES

DE AGRIMENSURA, ARQUITECTURA E INGENIERIA

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Aprobar el Informe de la Comisión de Higiene y Seguridad en el Trabajo denominado “Responsabilidad Profesional de los Ingenieros Especializados y Licenciados en Higiene y Seguridad en el Trabajo”.

ARTICULO 2°

— Adjuntar como Anexo I de esta Resolución el mencionado informe de la Comisión de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

ARTICULO 3°

— Dar a conocer el Informe mencionado a nuestros matriculados mediante los medios de comunicación.

ARTICULO 4°

— Regístrese. Comuníquese a los Consejos Profesionales, publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina. Difúndase y Archívese.

Firmado por: Ing. Víctor Montes Niño Presidente Junta Central, Ing. Alejandro Pérez Vargas Secretario Junta Central, Ing. Antonio Roberto Foti, Tesorero Junta Central, Agrim. Claudia Fieg Consejero, Arq. Marta García Falcó Consejero, Ing. Juan Martín Bertuzzi...

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