Resolución Nº 1261/2013
Emisor | Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social |
Fecha de la disposición | 17 de Septiembre de 2013 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
ResoluciónNº 1261/2013Registro Nº 1052/2013
Bs. As., 17/9/2013
VISTO el Expediente Nº 287.799/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1/3 del Expediente Nº 287.799/11 obra el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE LUZ Y FUERZA DE MENDOZA por la parte gremial, y la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD RURAL “ALTO VERDE Y ALGARROBO GRANDE” LIMITADA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho Acuerdo las precitadas partes pactaron otorgar un incremento salarial que tendrá vigencia a partir del 1 de junio de 2011, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75.
Que en virtud de lo pactado y teniendo en cuenta que con posterioridad a la fecha de celebración del presente acuerdo, el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL elevó el valor del salario mínimo, mediante las Resoluciones Nº 2/12 y 4/13, se hace saber a las partes que, eventualmente, deberán ajustar los valores salariales pactados, respecto de las categorías que correspondan, a los efectos que la remuneración total a percibir por los trabajadores en ningún caso resulte inferior a dicho monto.
Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que a fojas 29 del Expediente Nº 287.799/11 la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, ratica el acuerdo de marras.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones Laborales del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que por último una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la...
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