Resolución Nº 25/2013

Fecha de publicación17 Diciembre 2013
Fecha de disposición10 Diciembre 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32787



MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

ResoluciónNº 25/2013Bs. As., 10/12/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0479616/2009 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº 14.346, el Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, la Resolución Nº 780 del 19 de diciembre de 1979 de la ex-SECRETARIA DE ESTADO DE AGRICULTURA Y GANADERIA, y

CONSIDERANDO:

Que existe una estrecha relación entre la sanidad y el bienestar de los animales, dado que resultan aplicables los principios generales del bienestar animal cuando se presentan animales clínicamente sanos, sin enfermedades o lesiones corporales en general, derivadas del sistema de explotación, transporte, carga, descarga y/o comercialización de los mismos.

Que resulta necesaria la formulación de recomendaciones que permitan garantizar la observancia del bienestar animal.

Que la ORGANIZACION MUNDIAL DE SANIDAD ANIMAL (OIE), como organismo rector a través de la Comisión de Normas Sanitarias, ha elaborado una serie de directrices para los animales terrestres, donde recomienda restricciones sobre el uso de instrumentos que facilitan el desplazamiento de los animales.

Que en virtud de lo expresado en el considerando precedente, es posible establecer una serie de medidas destinadas a garantizar el desenvolvimiento de aquellas actividades propias del Mercado de Liniers que involucran el trato a los animales, y que de una manera gradual permitirán la aplicación óptima de los principios generales de la materia en cuestión.

Que no resulta posible la imposición de conductas que prescriban un trato compasivo a los animales a todos los actores intervinientes en la cadena productiva de la carne, sin realizar una etapa informativa previa que permita a los mismos conocer la relevancia del tema y la importancia que reviste en el comercio nacional e internacional.

Que este cambio de conducta esperado deberá surgir a partir del conocimiento que la implementación de nuevas prácticas de manejo con miras a un mayor bienestar del ganado, redundará en la disminución del perjuicio económico que las mismas acarrean, dado que tanto la carne como el cuero obtenido de la especie bovina podrán alcanzar una óptima calidad, facilitando su posterior industrialización y comercialización.

Que debe ser la sociedad en su conjunto la que...

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