Sentencia nº 10659 de Quinta Cámara Civil de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 12 de Diciembre de 2007

PonenteSERRA, MARTINEZ FERREYRA, RODRIGUEZ SAA
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2007
EmisorPrimera Circunscripción

Expte: 10.659

Fojas: 136

Expte. 195.296/10659 “M.E.

c/ B.J. p/ ej. ac.”

En la ciudad de Mendoza, a los doce días del mes de diciembre de dos mil siete se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Excma. Quinta Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minas, los Sres. Jueces titulares de la misma D.. A.R.S., J.E.S.Q. y O.M.-nezF., y traen a deliberación para resolver en definitiva la causa más arriba caratulada, originaria del Primer Juzgado de Paz Letrado de la primera Circunscripción Judicial, venida a esta instan-cia, en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 110 por la parte actora, en contra de la sentencia de fs. 107/108.

Llegados los autos al Tribunal, a fs. 120 se manda fundar el recurso, lo que se cumple a fs. 121/122. Corrido el traslado correspondiente, a fs. 124, el mismo es contestado a fs. 126/128.

Practicado el sorteo de ley, a fs. 135 quedó establecido el siguiente orden de estudio: D.. S.Q., M.-tínezF. y R.S.. En cumplimiento de lo dispuesto por los arts. 160 de la Constitución Provincial y 141 del C.P.C. se plantearon las siguientes cuestiones a resolver:

PRIMERA CUESTION: ¿Es justa la senten-cia apelada?

SEGUNDA CUESTION: C..

SOBRE LA PRIMERA CUESTION, EL DR. J.E.S.Q. DIJO:

I- Que según surge de las constancias de la causa, a fs. 110 la actora deduce recurso de apelación en contra de la resolución dictada a fs. 107/108 por la que se rechaza la de-manda interpuesta por su parte y hace lugar a la demanda.

Al fundar el recurso a fs. 121/122 señala que la juez a quo rechazó la demanda en virtud de que la firma inter-puesta en el cheque no le pertenecía al demandado.

Expresa que el dec. 5965/63 en su art. 89 indica un procedimiento para el caso de pérdida, sustracción o des-trucción de una letra de cambio en el art. 89, el que no fue efectua-do por el demandado. Cita casos jurisprudenciales.

Estima, entonces, que la sentencia resulta arbitraria ya que no merituó lo expresado por su parte en la contes-tación de las excepciones.

Entiende que si la sentencia se confirmara se produciría una gran inseguridad jurídica en las relaciones nego-ciales.

II- A fs. 126/128 contesta la demandada so-licitando, por los motivos que allí expone, se rechace el recurso con costas.

III- En primer lugar debe expresarse que es cierto lo afirmado por el apelante en cuanto a que cuando un che-que o pagaré ha sido sustraído resulta necesario efectuar la cance-lación del mismo a fin de que no sea posible su ejecución.

Así lo ha expresado...

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