Resolución Nº 774/2013

EmisorMinisterio de Economia y Finanzas Publicas
Fecha de la disposición15 de Noviembre de 2013



MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

ResoluciónNº 774/2013Bs. As., 15/11/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0368500/2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2013 formulado por NACION ADMINISTRADORA DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES SOCIEDAD ANONIMA, empresa actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 24.156 y sus modificaciones, determinan que es facultad del suscripto la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO

DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2013 de NACION ADMINISTRADORA DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES SOCIEDAD ANONIMA, empresa actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de acuerdo con el detalle que figura en los Anexos I y II adjuntos a la presente resolución, respectivamente.

ARTICULO 2°

— Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS VEINTIUN MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL CIENTO TRECE ($ 21.840.113) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS VEINTIUN MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL CIENTO TRECE ($ 21.840.113) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

ARTICULO 3°

— Estímanse en la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UNO ($ 22.284.231) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS VEINTIUN MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL CIENTO TRECE ($ 21.840.113) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO DIECIOCHO ($ 444.118) de acuerdo con el detalle que...

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