Resolución Nº 2202/2013

EmisorMinisterio de Educacion
Fecha de la disposición 5 de Noviembre de 2013



MINISTERIO DE EDUCACION

ResoluciónNº 2202/2013Bs. As., 5/11/2013

VISTO el Expediente Nº 4135/07 del registro de este Ministerio, la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, el Decreto Nº 115/10, la Decisión Administrativa Nº 41/03 y la Resolución Ministerial Nº 1208/05, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso h) del artículo 115 de la citada Ley establece que el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a través del MINISTERIO DE EDUCACION, deberá dictar las normas generales sobre la revalidación de títulos y certificados de estudios en el extranjero.

Que de acuerdo a lo expresado en el Decreto Nº 115/10, una de las acciones de la Dirección de Validez Nacional de Títulos y Estudios es la de convalidar, reconocer y revalidar los estudios extranjeros terminales de educación secundaria y de educación superior, exceptuados los universitarios, o sus respectivos equivalentes.

Que en el Anexo II de la Decisión Administrativa Nº 41/03 queda establecida la responsabilidad primaria de la DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS, dependiente de la SECRETARIA DE EDUCACION, en lo que respecta a la convalidación de estudios extranjeros terminales de Educación Primaria y Secundaria o su respectivo equivalente, así como asistir técnicamente a las distintas jurisdicciones en lo relativo al reconocimiento de estudios extranjeros.

Que por Resolución Ministerial Nº 1208/05 se establece que para obtener el reconocimiento de los estudios extranjeros de Nivel Secundario, realizados en países con los cuales la República Argentina no ha suscripto convenio de Reconocimiento de Estudios, deberán rendir los saberes de las áreas de Formación Nacional: Formación Etica y Ciudadana, Ciencias Sociales y Lengua y Literatura, para aquellos países de habla no hispana, que correspondieren en base a los años o cursos precedentes en el cual se inscribe.

Que resulta necesario actualizar los contenidos de las áreas de Formación Nacional citadas precedentemente, que se encontraban contemplados en la Resolución Ministerial Nº 1333/07, a fin de adecuarlos a los diseños curriculares vigentes y unificar así los criterios de aplicación para los exámenes de los aspirantes.

Que atento a que la cuestión específica referencial es la actualización y adecuación de los saberes de las áreas de Formación Nacional, se ha dado debida intervención a la DIRECCION NACIONAL DE GESTION EDUCATIVA de este Ministerio.

Que la DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS ha tomado la intervención correspondiente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (t.o. 1992), sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL MINISTRO

DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Establecer que los alumnos que deban rendir los saberes de las áreas de Formación Nacional, provenientes de países con los cuales la República Argentina no ha suscripto convenio de Reconocimiento de Estudios, a fin de obtener la equivalencia de sus estudios extranjeros con los correspondientes estudios argentinos, lo hagan en base a los contenidos que como Anexo forman parte de la presente resolución.

ARTICULO 2°

— Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 1333/07.

ARTICULO 3°

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese. — Prof. ALBERTO E. SILEONI, Ministro de Educación.

ANEXO

FORMACION ETICA Y CIUDADANA / Educación Secundaria

Unidad 1: La acción humana: condicionamientos, libertad y responsabilidad. El acto moral: motivos, medios, fines y consecuencias. Dilemas morales. Diferencias entre ética y moral. El diálogo. La argumentación racional y dialógica. La identificación de falacias (formales y materiales). La reflexión crítica sobre los medios de comunicación masiva. El cuidado de uno mismo y de los otros. La construcción socio-histórica de la ética, la ciudadanía, los derechos y los valores.

Unidad 2: La libertad y la complejidad de las acciones humanas. La acción humana como acción social. La dimensión ética de las acciones humanas. Grupos de pertenencia: familia, escuela, comunidad. La familia en el mundo contemporáneo. Las funciones de la escuela. La escuela como un espacio de participación. Formas de organización comunitaria. La democracia como forma de organización socio-política y como forma de vida y convivencia.

Unidad 3: Las costumbres, gustos y preferencias: su diversidad. Formas de convivencia y proyectos personales de vida. Formas de discriminación: racismo, sexismo, fundamentalismo. El reconocimiento y la valoración de las diferencias como condición de la convivencia de proyectos de vida diferentes. Género y diversidad sexual. Los derechos políticos, sociales y económicos de los pueblos originarios, los afrodescendientes y otras minorías.

Unidad 4: Reglas y normas. Normas sociales y normas jurídicas. La persona como sujeto de derechos. Los derechos humanos. Los derechos del niño y del adolescente. La Constitución Nacional como norma fundamental y sus reformas. Derechos y garantías constitucionales. Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948. Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación sobre la mujer. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Organización del estado.

Unidad 5: La dimensión ética de la salud y la enfermedad. Concepción...

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