Resolución Nº 1078/2013
Emisor | Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social |
Fecha de la disposición | 27 de Agosto de 2013 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
ResoluciónNº 1078/2013Registro Nº 910/2013
Bs. As., 27/8/2013
VISTO el Expediente Nº 1.571.565/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 12/14 del Expediente citado en el Visto, obra un Acuerdo celebrado entre el SINDICATO MECANICOS Y AFINES DEL TANSPORTE DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la empresa TREVES ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empresarial, ratificado a fojas 15/17 del mismo Expediente, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el mentado Acuerdo, los agentes negociadores establecen la nueva escala salarial con vigencia a partir del 1 de Junio del año 2013 para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1232/11 “E”, suscripto oportunamente por las mismas partes.
Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad de la empresa firmante y la representatividad de la asociación sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), en particular lo dispuesto en su artículo 17.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que por último, una vez dictado el acto administrativo homologatorio del acuerdo de referencia, se remitirán estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de que evalúe la procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
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