Resolución Nº 367/2013

EmisorAdministracion Federal de Ingresos Publicos
Fecha de la disposición 8 de Noviembre de 2013



ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

ResoluciónNº 367/2013Asunto: Habilitación provisoria zona operativa aduanera Muelle Punta Colorada. Aduana de San Antonio Oeste.

Bs. As., 8/11/2013

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12615-378-2010/79 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la firma MCC MINERA SIERRA GRANDE S.A. (CUIT Nº 30-70905747-9), en su carácter de adjudicataria del uso y goce de las instalaciones del muelle Punta Colorada, ubicado en la localidad de Sierra Grande, Provincia de Río Negro, en jurisdicción de la Aduana de San Antonio Oeste, solicita la prórroga de la habilitación provisoria otorgada por Resolución Nº 351/2013 (SDG OAI) para realizar operaciones aduaneras.

Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA Nº 12615-378-2010 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley Nº 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente Nº S01:0334912/2005.

Que han tomado la intervención que les competen las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Técnico Institucional.

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la habilitación solicitada, con carácter provisorio y por el término de TREINTA (30) días corridos a contar desde el vencimiento del plazo otorgado por la Resolución Nº 351/2013 (SDG OAI).

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición Nº 360/11 (AFIP).

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL

DE LA SUBDIRECCION GENERAL

DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle Punta Colorada, ubicado en localidad de Sierra Grande, Provincia de Río Negro, en jurisdicción de la Aduana de San Antonio Oeste, solicitada por la firma MCC MINERA SIERRA GRANDE S.A. (CUIT Nº 30-70905747-9), por el término de TREINTA (30) días corridos, con igual carácter e idéntico alcance al establecido en la Resolución Nº 351/2013 (SDG OAI).

ARTICULO 2°

— Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Comodoro Rivadavia. Remítase a la Aduana de San Antonio Oeste para su...

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