Resolución 1813/2013

Fecha de disposición30 Octubre 2013
Fecha de publicación05 Noviembre 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32758



Ministerio de Salud

SALUD PUBLICA

Resolución1813/2013Créase el “Programa Nacional de Control de Cáncer de Mama”. Funciones.

Bs. As., 30/10/2013

VISTO el Expediente Nº 2002-794-13-0 del registro de este Ministerio, el Decreto Nº 1.286 de fecha 9 de septiembre de 2010, y la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. 1992) modificada por la Ley Nº 26.338, y

CONSIDERANDO:

Que conforme el inciso 37 del Artículo 23 ter de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. 1992) modificada por la Ley Nº 26.338, resulta competencia de este Ministerio entender en su ámbito, en la elaboración, ejecución y fiscalización de programas integrados que cubran a los habitantes en caso de patologías específicas y grupos poblacionales determinados en situación de riesgo.

Que el cáncer de mama es la principal causa de muerte por dicha enfermedad, de la población femenina del país, representando un grave problema de salud para la mujer.

Que en la República Argentina se diagnostican alrededor de DIECISIETE MIL (17.000) casos nuevos por año de cáncer de mama, muriendo CINCO MIL CUATROCIENTAS (5.400) mujeres por año por causa de esta enfermedad.

Que la detección precoz del cáncer de mama, resulta en tumores más pequeños y con mayor potencialidad de curación, requiriéndose para ello, procedimientos diagnósticos y terapéuticos eficientes y oportunos.

Que, asimismo, de acuerdo con el inciso 4 del Artículo 23 ter de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. 1992) modificada por la Ley Nº 26.338, resulta competencia de este Ministerio entender en la planificación global del sector salud y en la coordinación con las autoridades sanitarias de las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma Buenos Aires, con el fin de implementar un Sistema Federal de Salud, consensuado, que cuente con la suficiente viabilidad social.

Que por lo tanto, desde el MINISTERIO DE SALUD resulta ineludible coordinar con las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma Buenos Aires, las acciones conducentes a la obtención de estrategias que optimicen el control del cáncer mama en el marco de programas organizados.

Que mediante el Decreto 1286/10 se creó el INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER, cuyas funciones comprenden, entre otras, la de asesorar al Ministerio de Salud en los aspectos relacionados con la materia, tendiente a una racional distribución de los recursos necesarios para el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades neoplásicas, así como la rehabilitación de los enfermos aquejados por la enfermedad; así como la de convenir con las autoridades sanitarias provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la aplicación, en sus respectivas jurisdicciones, de los programas y acciones determinados por el Plan Federal de Salud y/o por este Instituto, en concordancia con sus objetivos.

Que en consecuencia, resulta conducente la creación del PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE CANCER DE MAMA que tendrá como objeto reducir la morbimortalidad por cáncer de mama, garantizando un adecuado y eficaz servicio de salud a la población afectada.

Que los fundamentos de dicho Programa Nacional, así como sus objetivos generales y específicos, desarrollo y ejecución, se encuentran especificados en el ANEXO de la presente resolución.

Que dicho Programa, conforme a su competencia, estará a cargo del INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER.

Que la Dirección de Programación y Control Presupuestario de la Dirección General de Administración de la SECRETARIA DE COORDINACION de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete, informando que el gasto que demande la ejecución efectiva del Programa Nacional, que se crea, será atendido con cargo al Presupuesto Jurisdiccional que anualmente se aprueba y todo otro recurso y/o financiamiento que a tal fin se disponga.

Que en consecuencia, esta Administración Central cuenta con los recursos presupuestarios para dar sostenimiento económico y financiero a los gastos que la implementación de este programa dará a lugar.

Que el INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER ha tomado la intervención de su competencia y propicia la aprobación del “PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE CANCER DE MAMA”.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que se dicta la presente medida en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. 1992) y modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO

DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°

— Créase el “PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE CANCER DE MAMA” en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER, que como ANEXO forma parte integrante de la presente medida, con el objetivo de reducir la morbimortalidad por cáncer de mama, de acuerdo a los fundamentos y antecedentes que se indican en el mismo.

Art. 2°

— Serán funciones del “PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE CANCER DE MAMA”, la elaboración de lineamientos programáticos y guías de práctica para la detección, diagnóstico y...

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