Sentencia nº 29786 de Tribunal del Trabajo Sala IV de Provincia de Jujuy, de 24 de Octubre de 2013
Fecha de Resolución | 24 de Octubre de 2013 |
Emisor | Tribunal del Trabajo Sala IV |
AUTOS Y VISTO:
El Expte. Nº A-29786/2.006, caratulado : “Indemnización por Despido y otros rubros: P.T., C.M. c/B., A.”, y
CONSIDERANDO:
Que, a los fines de la Audiencia de Vista de Causa prevista para el día 24/10/13, el actor C.M.P.T. con su representante legal Dr. J.M.L. y el representante legal del accionado Dr. F.M.P. se presentan ante Presidencia de Tramite y luego de mantener conversaciones manifiestan que han arribado a un arreglo en el presente proceso, se labra Acta de Convenio que rola a fs.530, y leída íntegramente por todos los presentes, firman ante el Actuario dando su conformidad, y solicitan su homologación.-
Que, a fs. 531, el actor ratifica en todos sus términos el convenio presentado.-
Que por lo expuesto, se estima que las partes han alcanzado una justa composición de derechos e intereses -art. 15 L.C.T.-
Por todo ello, por aplicación y en cumplimiento de lo dispuesto por Acordada Nº 71/2008 del S.T.J.,la Sala IV del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy:
RESUELVE
1) H. en todas sus partes y en cuanto por derecho corresponda, y sin perjuicio de terceros, el Convenio celebrado entre el actor Sr. C.M.P.T. y el accionado A.B., el que en sus cláusulas establece expresamente lo siguiente: *PRIMERO : El demandado sin reconocer los hechos y derechos invocados en la demanda, se obliga a pagar la suma única, total y definitiva de pesos VEINTE MIL ($20.000,-) por todo concepto reclamado en su pretensión por la parte actora, en veinte (20) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de Pesos UN MIL ($1.000) cada una de ellas, pagadera la primera a los cinco (5) días de quedar firme la homologación del convenio. Las restantes cuotas pactadas se abonarán los días 10 a 15 de cada mes subsiguiente.- SEGUNDO : Los honorarios del Dr. J.M.L. serán pactados y abonados extrajudicialmente y el Dr. F.M.P. renuncia expresamente a los que le correspondieren. Los de los Peritos CPN Rosalinda Soledad Otero, M.D.R.E.L. y C.A.Z. serán regulados por el Tribunal. Costas a cargo del accionado.- TERCERO : Cumplidas las obligaciones asumidas por la demandada las partes manifiestan que nada más tienen que reclamarse.- CUARTO : Una vez cancelados capital y...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba