Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Octubre de 2013, T. 262. XLVIII

Sentido del falloDECLARA MAL DENEGADO - RECURSO DE QUEJA
Fecha15 Octubre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

." , T. 262. XLVIII. Telef6nic.:J. Comunicaciones Personales SA (TF 18.175-A) el Dirección General de Aduanas. Buenos Aires, Ir ek oóf;;.. ~ ~ ~/.3_ Autos y Vistos:

En atención a la labor desarrollada a fs.

141/172 vta., y de conformidad con lo dispuesto por los arts.

6', incs. a, b, c y d, 7°, 9° Y 14 de la ley.21.839 -modificada por la ley 24.432-, se regulan los honorarios del doctor F.J.M., en la suma de veintiséis mil pesos ($ 26.000).

La retribución que antecede no incluye el impuesto al valor agregado, monto que -en su casodeberá ser adicionado conforme a la subjetiva situación del profesional beneficiario frente al citado tributo.

N. y ETAACCH\ ENRIQUES. P.J.;CARLOS MAQUEDAC.;M. ARGIBAY

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D.O.

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