Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Octubre de 2013, O. 164. XLVIII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha08 Octubre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. lG~.

    XI..V:::II.

    RECURSO DE HECHO

    O.M.B. e Hijo S.A. el Buenos Aires si daños y perjuicios. p~ Buenos Aires, 8 ole oCAiJk k za,L3. Vistos los autos:

    "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa O.M.B. e H. o S.A. cl Provincia de Buenos Aires si danos y perjuicios", para decidir sobre su pr~cedencia.

    Considerando:

    Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art.

    280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

    Por ello, se desestima la queja.

  2. y, oportuna- mente, archívese. E.;S. PETRACCHIE. RAUL ZAFFARONI

    ""._, Recurso de hecho interpuesto por Osear ~guel B. e Hijo S.A., actora en autos, representada por el Dr. R.P.C.B., con el patrocinio letrado del Dr. L.B..

    Tribunal de origen:

    Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

    Tribunales que intervinieron con anterioridad:

    Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Sala Tercera de la ciudad de La Plata y Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nO 5 del Departamento Judicial de La Plata, provincia de Buenos Aires.

    D.O.

    00000001

    00000002

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR