Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Octubre de 2013, M. 297. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha08 Octubre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 297. XLIX. Me Cargo Serviees SRL (TF 33.519-1) el DG1. Buenos Aires, '8 &.t. DcA.ubre ‹k j¿)13. Vistos los autos:

"Me Cargo Services SRL (TF 33.519-1) el DG1".

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se lo desestima.

Con costas. N. y devuélvase.

UE S. PETRACCHI JUAN CARL S MAQUEDA E. RAULZAFFARONI

Recurso extraordinario interpuesto por: la AFIP - DGI, representada por la Dra. S.M.L., con el patrocinio del Dr. I.M.~ch.

Traslado contestado por:

Mc Cargo Services SRL, representada por H.C.- llini; con el patrocinio de la Dra. M.V. Menna. Tribunal de origen:

Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Con- tencioso Administrativo Federal. Tribunal que intervino con anterioridad:

Tribunal Fiscal de la Nación.

D.O.

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