Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Octubre de 2013, C. 465. XLIX

Sentido del falloDECLARA COMPETENCIA -
Fecha08 Octubre 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 465. XLIX. C., R. y atras si estafa. B.;Aires, Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.;Fiscal a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado de Garantías n° 4 del Departamento Judicial de San Martín, provincia de Buenos Aires, al que se le remitirá. H. saber al Juzgado Nacional / E. RAUL ZAFFARONI CARMEN M. ARGIBAY

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